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Reubicación en Panamá
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Si usted alguna vez a soñado con encontrar un lugar para retirarse, un paraíso tropical, con cálidas aguas, brisas gentiles, áreas para realizar deportes al aire libre, paisajes hermosos, con playas de arenas blancas, pesca de primera categoría, una biodiversidad increíble y parques naturales de fácil acceso, Panamá es el lugar indicado.
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Añádale una nación pacífica con un gobierno estable, seguridad jurídica, bajos niveles de delincuencia, con una población gentil, un costo de vida bajo, con el dólar estadounidense como moneda oficial y con propiedades a costos razonables, Panamá se convierte en el paraíso para la reubicación de su empresa o retiro. El Grupo Quality Investment le asesora en la ubicación de la propiedad apropiada para su proyecto de inversión. Nosotros contamos con propiedades en las mejores áreas del país, desde la ciudad cosmopolita de Panamá, las tierras altas de Boquete |
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en la provincia de Chiriquí; en el Archipiélago de Bocas del Toro; las playas de Farallón, en el Pacífico; islas en el Archipiélago de Las Perlas en el Océano Pacífico, en las áreas aledañas al Canal de Panamá, entre otros. |
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Servicios ofrecidos:
Reubicación de personas:
• Obtención de Visa, permiso de trabajo y licencia de conducir • Obtención de financiamiento • Obtención de casa, apartamento o lote de terreno para construcción • Negociación de arrendamiento de vivienda • Coordinación de mudanza • Selección de los mejores colegios para sus hijos • Asistencia en la adquisición de cuentas bancarias, automóvil y seguros. • Orientación en oportunidades de negocios • Reubicación de mascotas • Orientación sobre doctores y hospitales • Cotizaciones • Asistencia en la instalación de servicios básicos (teléfono, luz, cable, servicio de Internet) • Coordinación con programación de tiempo y cronograma. |

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Visas:
• Rentista Retirado: Segundo pasaporte y residencia * • Residencia de Turista Pensionado ** • Visa de Inversionista • Visa de pequeño inversionista • Visa de Inversionista forestal • Visa de Zonas Procesadoras • Visa con Solvencia Económica Propia • Visa de Dependiente de Residente
*Rentista Retirado: Segundo pasaporte y residencia |
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Mediante la Ley Nº9 de 24 de junio de 1987, desarrollada a través del Decreto Ejecutivo Nº62 de 4 de agosto de 1987, Panamá le otorga un pasaporte y residencia a personas que califiquen como rentista retirado o pensionado.
Los requisitos para la obtención de la Visa de Rentista Retirado son:
1.Poder y solicitud mediante Abogado. 2.Certificado médico de buena salud. (Válido por 3 meses) 3.Historial Policivo del país de residencia durante los últimos 5 años, debidamente autenticado y traducido y Record Policivo expedido por la Policía Técnica Judicial de Panamá. 4.Certificación expedida por el Banco Nacional de Panamá, donde se acredite que el interesado devenga una renta mínima mensual de setecientos cincuenta balboas (US$750.00), provenientes exlclusivamente de intereses producto de depósitos a plazo fijo, libre de todo gravamen o garantía de cualquier naturaleza. El depósito a plazo fijo en mención deberá ser por un término mínimo de cinco (5) años. 5.Copia de Slip o del contrato de depósito del plazo fijo, debidamente autenticado por el Banco. 6.Pasaporte válido y original y copia de todas sus páginas utilizadas (selladas). 7.Dos (2) juegos de copias de todo el pasaporte, autenticadas ante Notario Público c/u. 8.Cuatro (4) fotografías tamaño carnet. 9.Dos juegos de copia de toda la documentación, excepto del pasaporte.
Esta visa es concedida por el término de 5 años. Vencidos los 5 años se podrá solicitar prórrogas las cuáles serán por períodos de 5 años.
Beneficios:
a.Esta visa le concede al solicitante derecho a obtener un segundo pasaporte. b.Eliminación del pago de impuestos para importación de un automóvil cada 2 años. c.Eliminación de impuesto de importación para muebles hasta US$10,000. d.Eliminación de impuestos y descuentos en servicios en la República de Panamá como luz, teléfono, agua, cines, restaurantes, hoteles, tiquetes de vuelos nacionales e internacionales, entre otros.
**Residencia de Turista Pensionado
Mediante la Ley Nº9 de 24 de junio de 1987, desarrollada a través del Decreto Ejecutivo Nº62 de 4 de agosto de 1987, Panamá le otorga residencia a personas que califiquen como Turista Pensionado.
Los requisitos para la obtención de la Visa de Turista Pensionado son:
1.Poder y solicitud mediante abogado 2.Certificado médico de buena salud. (Válido por 3 meses) |
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3.Pasaporte válido y original y copia de todas sus páginas utilizadas (selladas). 4.Copia de todo el pasaporte, autenticado ante Notario Público. 5.Documento que acredite lo siguiente: a.Su condición de jubilado o pensionado por gobierno extranjero, organismos internacionales o empresas privadas. b. Que el interesado recibe mensualmente una renta o pensión no inferior de quinientos dólares (US$500.00) o su equivalente en moneda extranjera. Si tiene dependientes la renta o pensión debe tener adicional a los quinientos dólares, la suma de cien dólares (US$100.00) más por cada uno de los dependientes. |
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6.Si se trata de personas jubiladas o pensionadas por empresas privadas, deberá presentar documentos que acrediten mediante la autoridad que corresponde en el exterior, que dicha empresa está operando y acompañar el comprobante o recibo de pago de la pensión. 7.Un (1) juego de copias adicionales de todos los documentos presentados, incluyendo el pasaporte.
Esta visa se concede por tiempo indefinido.
Beneficios:
a.Eliminación del pago de impuestos para importación de un automóvil cada 2 años. b.Eliminación de impuesto de importación para muebles hasta US$10,000. c.Eliminación de impuestos y descuentos en servicios en la República de Panamá como luz, teléfono, agua, cines, restaurantes, hoteles, tiquetes de vuelos nacionales e internacionales, entre otros.
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Todo extranjero que tenga la condición de jubilado o pensionado residente en el territorio nacional con cincuenta y cinco (55) años de edad si son mujeres y con sesenta años de edad (60) si son varones, gozarán de una serie de beneficios entre los cuales figuran: a) Un 50% de descuento de los precios que se cobren como entrada general de las actividades de recreación o entretenimiento tales como cines, teatros, deportes y espectáculos públicos variados, b) Un 25% de descuento en los pasajes aéreos de empresas privadas o públicas, c) Un descuento del 50% en los hoteles de lunes a jueves y del 30% de sábado a domingo, d) Un descuento del 25% del valor de consumo individual de comida en los restaurantes de primera y segunda clase, |
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e) Un descuento del 10% del valor de los medicamentos que adquieran bajo prescripción médica. Además de los mencionados se incluyen descuentos en materia de comisión de cierres en préstamos personales o comerciales, contratos de seguro que cubran, entre otros, riesgos por enfermedad.
VER PAÍSES QUE NO REQUIEREN VISA
Poseedores de pasaporte panameño no necesitan visa para entrar a los siguientes países:
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Francia |
Guatemala |
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Inglaterra |
Perú |
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España |
Uruguay |
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Alemania |
Ecuador |
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Israel |
Chile |
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Suiza |
El Salvador |
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Austria |
Colombia |
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Argentina |
Costa Rica |
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Korea |
Bolivia |
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Luxemburgo |
Brazil |
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Dinamarca |
Nicaragua |
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Holanda |
Paraguay |
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Bélgica |
Polonia |
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Suecia |
Portugal |
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Finlandia |
República Dominicana |
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Hungría |
Grecia |
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Honduras |
Noruega | |
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Reubicación de Oficinas:
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Asistencia legal
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Búsqueda e identificación de sitios para su negocio
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Compra o alquiler de oficina o local comercial
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Orientación en oportunidades de negocios
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Cotizaciones
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Análisis y evaluación de la oferta
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Asistencia en la instalación de servicios básicos (teléfono, luz, cable, servicio de Internet)
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Coordinación con programación de tiempo y cronograma |
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El Grupo Quality Investment le brinda la oportunidad de estar tranquilo en su proceso de reubicación en Panamá, con una asesoría real y efectiva, la más amplia gama de servicios y el personal especializado. No tendrá que preocuparse por nada, nosotros le coordinamos todo.
Fuente: Legislación Panameña sobre Migración. Guía Migratoria 2do tomo. Autor: Gina Picardi de Illueca. Bufete Illueca. 2001 | |
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